La Municipalidad Provincial de San Miguel pone a disposición del ciudadano (USUARIO) el Libro de Reclamaciones Virtual o Físico, para realizar su RECLAMO por la insatisfacción o disconformidad de algún servicio o atención recibida.
Opción 1: Presentación Virtual:
Ingrese al siguiente enlace y complete el FORMULARIO VIRTUAL:
Opción 2: Envío por MPV:
Descargue el siguiente FORMATO, luego enviarlo por la Mesa de Partes Virtual:
Formato LR Mesa de Partes Virtual Consulta Expediente
Opción 3: Envío por correo electrónico de MPV:
Descargue el FORMATO anterior, luego enviarlo al siguiente correo:
Libro de Reclamaciones
El Libro de Reclamaciones constituye un mecanismo de participación de la ciudadanía, por el cual los usuarios de los servicios brindados por las diferentes entidades del sector público puedan expresar su insatisfacción por el servicio brindado.
De acuerdo al Art. 4 del D.S. N°042-011-PCM, Respuesta al Reclamo. La entidad está obligada a dar respuesta al usuario, por medios físicos o digitales, en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles, , informándole, de ser el caso, acerca de las medidas adoptadas para evitar el acontecimiento de hechos similares en el futuro.
Definiciones
USUARIO: persona natural o jurídica que acude a una entidad pública a ejercer alguno de los derechos establecidos en el artículo 55° de la Ley Nº 27444 o a solicitar información acerca de los trámites y servicios que realice la administración pública.
RECLAMO: expresión de insatisfacción o disconformidad del usuario respecto de un servicio de atención brindado por la entidad pública, diferente a la Queja por Defecto de Tramitación, contemplada en la Ley Nº 27444.
Base Legal
- Ley N° 27444: Ley del Procedimiento Administrativo General
- Decreto Supremo N° 042-2011-PCM: Obligación de las Entidades del Sector Público de contar con un Libro de Reclamaciones